Un juzgado de Mendoza suspendió artículos del DNU de Javier Milei que autorizaban la venta de medicamentos sin receta fuera de las farmacias y será de aplicación en todo el país. Carlos Milhomme, presidente del Colegio de Farmaceuticos de Mercedes opinó al respecto, y profundizó la discusión.
Además, el profesional, contó qué es lo que está ocurriendo con la receta electrónica, la situación de los colegiados y sobre el final de la entrevista, opinó sobre la «Farmacia de Catedral», que promocionan desde la principal parroquia de Mercedes.
El Juzgado Federal N°2 de Mendoza dispuso la suspensión de los artículos del DNU 70/2023 del Gobierno Nacional que autorizaban la venta de medicamentos sin receta fuera de las farmacias y el expendio de fármacos sin la presencia de un profesional matriculado. De esta forma hizo lugar a un recurso de amparo que había presentado el Colegio de Farmacéuticos de Mendoza.
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El fallo suspendió los artículos del megadecreto firmado en diciembre por el presidente Javier Milei. La medida adoptada por un tribunal federal es de cumplimiento para todo el país.
Venta de medicamentos: qué decían los artículos del DNU de Javier Milei
Estos artículos permitían la venta de medicamentos de “expendio libre” en establecimientos no especializados, como kioscos. La medida cautelar del Juzgado Federal N°2 restituye así la plena vigencia del artículo 1 de la ley 17565 de 1967, que restringe la venta de estos medicamentos exclusivamente a farmacias. Esta decisión judicial es parte de una serie de acciones legales impulsadas por colectivos de farmacéuticos que alegan que la desregulación afecta puestos de trabajo y derechos laborales, sanitarios y sindicales.
La Justicia Federal de Mendoza dispuso, por un lado, suspender los artículos que habilitaban el expendio de fármacos sin recetas, también llamados de venta libre, fuera de las farmacias por lo que ahora deberán “ser dispensados exclusivamente en farmacias.
Receta Electrónica
El próximo 1 de julio entrará en vigencia la reglamentación de la Ley 27.553 de recetas electrónicas de manera progresiva pero obligatoria, que contempla un plazo de adhesión, registración y adecuación de 180 días, lo que implicará un antes y un después en la manera en la que los profesionales de la salud prescriben medicamentos y tratamientos.
Ahora, el Gobierno dio un paso más de cara a su implementación y oficializó la creación del Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (Renapdis) en el cual se inscribirán los sistemas de información y plataformas vinculados a la salud digital.
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Lo hizo a través de la Resolución 1959/2024 publicada este miércoles en el Boletín Oficial con el objetivo de “promover el desarrollo de sistemas informáticos que fortalezcan la mejora de la calidad y accesibilidad de la salud, como también favorecer la interoperabilidad de los mismos, velando por la seguridad de la información”.
Así, las provincias se irán adhiriendo gradualmente y las plataformas deberán inscribirse el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias y, de ser necesario, adaptar sus sistemas para cumplir con los requisitos estipulados.
Cabe señalar que durante esta etapa de transición, convivirán ambos sistemas: el tradicional y el digital a medida que se vaya avanzando en su implementación. Así, las plataformas de recetas electrónicas que funcionan en la actualidad pueden continuar emitiendo recetas mientras se registran y readecuan; y los profesionales que no cuenten con recetarios electrónicos podrán confeccionar recetas en papel.
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Las personas que tengan recetas en papel podrán obtener sus medicamentos en una farmacia como hasta ahora mientras se realizan las implementaciones. Una vez que la totalidad de las plataformas estén inscriptas, la receta manuscrita permanecerá como condición de excepción en zonas de difícil acceso, sin conectividad o en caso de interrupciones eventuales del sistema.
El Renapdis funcionará en el ámbito de la Subsecretaría de Vigilancia Epidemiológica, Información y Estadísticas de Salud con la coordinación operativa de la Dirección Nacional de Sistemas de Información Sanitaria.
Allí se podrán registrar plataformas y/o sistemas de prescripción, repositorios de recetas digitales, diccionarios digitales de medicamentos, sistemas de teleasistencia, sistemas de validación de medicamentos, sistemas de administración de farmacia y cualquier otro sistema que intervenga en los procesos alcanzados por la salud digital.
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Farmacia de Catedral
Durante la noche de ayer martes, –nota aparecida el 22 de mayo pasado– sorprendió al menos a más de uno, una publicación realizada desde la cuenta oficial de la Iglesia Catedral Mercedes en la que el propio cura Párroco, Juan Carlos Bouzou da a conocer «medicamentos en farmacia de Catedral».
En ningún momento de aclara si los productos que ofrecen se venden, o son para regalar, pero, la sensación, es que lo ofrecido, es para la venta. Tan es así, que hay gente que pregunta si hacen envíos al sur del país.
Ante la publicación en Facebook, enviamos un mensaje al Padre Juan Carlos consultándolo de qué se trataba esta publicación, y no obtuvimos respuesta.
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Bouzou, muestra el VitaB Forte «que próximamente sale en estos días, Vita Fé, obviamente», y la publicación en vivo publicita el Vita Fé solución, «que contiene una botella de agua bendita con el prospecto que explica cómo bendecir, y contiene un Rosario, una medalla del Espíritu Santo, y la estampa del Espíritu Santo».
Más adelante, explica que VitaFé solución sirve para bendecir tu casa, el vehículo, los enfermos y las mascotas. Acá trae el instructivo y los misterios del Rosario. Lanzamos Vita Fe solución, que es el agua».
Escuchá la entrevista completa a Carlos Milhomme:



















