HISTÓRICO FALLO: JUSTICIA DE MERCEDES CONDENÓ A LA PROVINCIA POR UN CASO DE ACOSO ESCOLAR

La Dirección General de Cultura y Educación bonaerense deberá indemnizar con 19 millones de pesos a la familia de un joven que sufrió bullying en una escuela pública. El Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1, a cargo del juez Luis Oscar Laserna, determinó que hubo una respuesta estatal «tardía y deficiente» ante el hostigamiento.

En una resolución judicial sin precedentes para la región, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 1 del Departamento Judicial de Mercedes dictó un fallo adverso para la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, condenándola a pagar una indemnización de 19 millones de pesos a un joven que fue víctima de acoso escolar en la vecina localidad de Chivilcoy.

El magistrado Luis Oscar Laserna consideró plenamente acreditada la responsabilidad del Estado provincial debido a la falta de intervención oportuna y adecuada por parte de los directivos y gabinetes escolares ante los reiterados episodios de hostigamiento.

Agresiones reiteradas y la postura de la Provincia

La demanda fue impulsada por los padres de un alumno que asistía a la Escuela de Educación Técnica Nº 1 “Mariano Moreno” de Chivilcoy. De acuerdo a las pruebas presentadas en el expediente, el adolescente sufrió agresiones físicas, burlas sistemáticas, amenazas e insultos por parte de sus compañeros. A pesar de los constantes reclamos y alertas emitidos por la familia en la institución, las situaciones de violencia persistieron en el tiempo.

Durante el litigio, la defensa de la Provincia intentó minimizar los acontecimientos argumentando que se trataba de «hechos aislados» y buscó adjudicar el cuadro a una supuesta condición previa de vulnerabilidad psicológica del alumno.

Sin embargo, el juez de Mercedes rechazó de cuajo ese planteo y encuadró la causa bajo el régimen de responsabilidad objetiva (previsto en el artículo 1117 del Código Civil), el cual determina que las autoridades de los establecimientos educativos son responsables directas por los daños que sufran o causen los menores de edad mientras se encuentren bajo su control y custodia.

Las pericias y el impacto en la salud del joven

Para dictar la sentencia, el doctor Laserna respaldó su decisión en dos pilares fundamentales:

«Respuesta tardía»: el desencadenante del abandono escolar

El fallo judicial fue tajante al evaluar el rol del colegio, calificando el accionar institucional como «tardío y deficiente». La resolución detalla que la primera respuesta de la escuela ante la gravedad de los hechos fue sugerir un cambio de turno para la víctima, mientras que el Equipo de Orientación Escolar (EOE) intervino recién cuando la salud mental del adolescente ya estaba severamente afectada, lo que terminó provocando el abandono definitivo de sus estudios.

Por estos motivos, la Justicia ordenó la reparación integral por daños patrimoniales, extrapatrimoniales y gastos médicos en favor del joven. En tanto, el tribunal rechazó un reclamo paralelo iniciado por los padres en nombre propio, quienes solicitaban un resarcimiento por «lucro cesante» debido a las jornadas laborales que debieron interrumpir para dedicarse al cuidado de su hijo.

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