El Tribunal Oral Criminal N° 4 de Morón dictó una sentencia sin precedentes al condenar a 20 años de prisión a un hombre que, desde la cárcel, sometió a una niña de 12 años durante tres años. Lo distintivo del fallo es que se encuadró como abuso sexual con acceso carnal, a pesar de que nunca existió contacto físico entre el agresor y la víctima.
Tres años de sometimiento digital
El calvario de la menor comenzó en enero de 2020, cuando fue contactada por Instagram por quien creía era un joven de su edad. Sin embargo, detrás del perfil se encontraba Orlando Tristán Novillo, un hombre mayor de edad que cumplía condena en unidades carcelarias de Campana y Florencio Varela.
Bajo la falsa promesa de participar en campañas de modelaje, el sujeto obtuvo fotografías de la niña en ropa interior y, posteriormente, imágenes de desnudez. Con ese material, inició una etapa de sextorsión: la amenazaba con difundir el contenido o asesinar a su familia si no le enviaba videos de fuerte contenido sexual o le proporcionaba datos de las tarjetas de crédito de sus padres para realizar depósitos de dinero.
El rol clave de la escuela
El hecho se descubrió gracias a la intervención de una profesora de danzas de la víctima. La docente escuchó a la joven, quien para ese entonces tenía 15 años, y la orientó para que pudiera romper el silencio. Tras esta contención, la madre de la menor radicó la denuncia en febrero de 2023 en Ituzaingó.
El fiscal de la causa, Carlos Oviedo, destacó la valentía de la docente:
“Todo comenzó gracias a la decisión de una docente que escuchó a la niña, no la juzgó y la orientó. Así, junto a la familia, pudieron hacer la denuncia”.
Un fallo que sienta precedente
La investigación permitió allanar la celda de Novillo en febrero de 2024, donde se secuestró un teléfono celular con más de 134.000 archivos, muchos de ellos vinculados al abuso sexual infantil, además de registros de las extorsiones económicas.
Los jueces Carlos Torti, Rodolfo Castañares y Verónica Gerez consideraron que existió abuso sexual al lograr el autor doblegar la voluntad de la víctima y atacarla sexualmente de forma digital. Los delitos por los que fue condenado incluyen:
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Abuso sexual con acceso carnal.
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Producción y tenencia de material de abuso sexual infantil.
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Corrupción de menores agravada por intimidación.
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Extorsión y defraudación mediante el uso de tarjetas de crédito.
Este fallo es considerado un hito jurídico, ya que interpreta el Código Penal adaptándolo a las nuevas formas de criminalidad tecnológica, donde el daño a la integridad sexual se concreta aun sin la presencia física del agresor.




